Cuando te retrasas en un pago, el banco aplica intereses de demora. Si son desproporcionados, la cláusula es nula y se puede anular.
Los intereses de demora muy superiores al interés ordinario se consideran abusivos. Anulada la cláusula, desaparece ese recargo de tu deuda.
Revisamos el contrato y los recibos y te decimos si hay base para reclamar y cuánto puedes recuperar.
Presentamos la reclamación extrajudicial exigiendo la nulidad y la devolución de lo cobrado de más.
Si el banco no responde o se niega, demandamos. La mayoría de estos casos terminan a favor del cliente.
El juez anula lo abusivo y el banco te devuelve lo pagado de más, con sus intereses.
Anular la demora reduce la deuda, pero no la cancela. Si no puedes pagar el conjunto, la vía es la Segunda Oportunidad.
En el estudio gratuito revisamos tu contrato y te decimos si hay base para reclamar y cuánto puedes recuperar.
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